Autoridades electorales señalaron decenas de infracciones cometidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador durante los comicios de 2024, al usar las conferencias mañaneras como plataforma en apoyo a Morena. Por ello, hoy el Tribunal Electoral decidió que el mandatario termina el sexenio librando este señalamiento.
El titular del Ejecutivo llega a la recta final de su administración con medidas cautelares contra 30 mañaneras emitidas por el INE por posibles infracciones a la ley electoral, así como sentencias de la Sala Especializada contra 23 de sus conferencias, en las que confirmaron estas infracciones.
Sin embargo, el proyecto del Tribunal Electoral perfila que las declaraciones del presidente no fueron suficientes para acreditar que tuvo una incidencia sistemática y reiterada en el proceso electoral, como sí se acreditó con el expresidente Vicente Fox en la elección de 2006.
Por unanimidad, los magistrados declararon que es infundada la pretensión de nulidad de la elección presidencial que presentó la oposición.
Tras las elecciones presidenciales de México en 2024, las autoridades electorales destacaron múltiples infracciones por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, al utilizar las conferencias mañaneras como plataforma de apoyo a Morena.
Por esta razón, ayer lunes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la validez de la elección presidencial al desestimar los recursos de la oposición encabezada por Xóchitl Gálvez, que pretendían anularla por intervención del presidente, presiones del crimen organizado y desvío de recursos públicos de la Secretaría del Bienestar. Según el Tribunal, los argumentos y pruebas presentadas fueron insuficientes, imperfectos, deficientes, incoherentes, temerarios, incongruentes, genéricos, especulativos y totalmente inadecuados.
De igual manera, sobre las denuncias presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en relación con la violencia generalizada e intervención del crimen organizado, se determinó que estos partidos no aportaron pruebas que demostraran que dichos actos afectaron los resultados de la elección presidencial.
“No demostraron que estos eventos estuvieran dirigidos contra una sola fuerza política o que hubieran influido en los resultados de la elección presidencial”.
Los integrantes de la Sala Superior tampoco aprobaron la supuesta intervención de sindicatos o servidores públicos ni el uso de programas sociales para la coacción del voto, pues ninguna de las pruebas, principalmente notas periodísticas, contenía evidencia concreta y verificable. Además, no se acreditó la existencia de una campaña para beneficiar a una fuerza política.
La Sala Especializada del TEPJF confirmó que el presidente vulneró la ley electoral en al menos 23 conferencias matutinas en 2024, con infracciones como vulneración a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, uso indebido de recursos públicos por la transmisión de mañaneras e incluso el uso indebido de programas sociales y coacción al voto.
El presidente “empleó una línea argumentativa tendente a condicionar la vigencia o beneficios de programas sociales a que una determinada opción política obtenga la mayoría calificada en el Congreso de la Unión”, dijo la sala sobre sus conferencias del 9 y 11 de mayo.
Hay denuncias contra ocho conferencias más ocurridas entre septiembre y octubre de 2023, cuando ya había iniciado el proceso electoral, sin embargo, la Sala Superior ordenó una nueva revisión de estos casos en los que ya se había declarado que el mandatario y otros servidores públicos cometieron infracciones.
La sentencia dice que la Sala Especializada englobó en un paquete 36 quejas contra las conferencias, unas con más de un año de antigüedad por lo que ya caducaron los casos; y en otras, aún no había iniciado el proceso electoral.
El órgano jurisdiccional también declaró que el presidente cometió violencia política en razón de género contra Xóchitl Gálvez por ocho conferencias ocurridas en julio y agosto de 2023.
Pese a confirmar estas infracciones, que pueden ser impugnadas ante la Sala Superior, la ley vigente no permite sancionar al presidente en el ámbito electoral, por lo que sólo se acreditan los hechos que cometió, sin otra consecuencia.