Por primera vez en su historia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió abrir el proceso de calificación de la elección presidencial a expertos y ciudadanos, quienes podrán exponer argumentos sobre las impugnaciones presentadas en contra de la elección presidencial, particularmente, sobre aquellas dirigidas a cuestionar su validez.
De acuerdo con los lineamientos que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) definió para resolver las impugnaciones presentadas en contra de la elección presidencial, será la Comisión Especial para calificar la elección presidencial -integrada por los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera-, la encargada de analizar aquellos juicios presentados sobre la nulidad de toda la elección presidencial o de poner en entredicho la validez.
En ese sentido, el TEPJF argumentó que las reglas de operación de esta comisión “invariablemente deberán sujetarse a los principios de máxima publicidad, transparencia, rendición de cuentas, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, ética judicial, compacidad del expediente y perspectiva de género”.
Por lo anterior, este máximo Tribunal decidió, de manera inédita, convocar a académicos, expertos electorales y ciudadanos para que compartan su análisis en torno al proceso y las posibles irregularidades presentadas en la elección presidencial, ello a través de una comparecencia ante la comisión en carácter de amigos de la corte (amicus curiae).
“La comisión invita a instituciones académicas o cuya labor esencial se desarrolle en torno a cuestiones vinculadas con democracia y elecciones, y al público en general, para que, quienes así lo deseen, comparezcan ante la comisión en carácter de amigos de la Corte (amicus curiae)”, establece el documento que deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Cabe aclarar también que aquellas personas que busquen participar en este proceso deberán cumplir con ciertos requisitos, tales como presentar una solicitud por escrito antes de la resolución del asunto; ser una persona ajena al proceso, que no tenga el carácter de parte en el litigio, y que tenga únicamente la finalidad o intención de aumentar el conocimiento del juzgador mediante razonamientos o información científica y jurídica (nacional e internacional) pertinente para resolver la cuestión planteada.
También se explica que este llamado se sustenta en la premisa de la necesidad de robustecer la confianza de la ciudadanía hacia esta institución mediante canales que faciliten el diálogo y conocimiento de la ciudadanía en relación con las impugnaciones presentadas en contra de la elección de la Presidencia de la República, particularmente, aquellas dirigidas a cuestionar su validez.
En ese sentido, el TEPJF también destacó que para dar transparencia al proceso de resolución se creará un micrositio en la página web de esa institución y habrá versiones públicas de los documentos, impugnaciones, pruebas, escritos u opiniones de quienes participen en las audiencias.
Además, la comisión llevará a cabo una audiencia pública de desahogo de las pruebas que obren en los expedientes, al tiempo que el desarrollo de dicha audiencia será videograbado.
De acuerdo con el artículo 58 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, los juicios de inconformidad relativos a la elección de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos deberán resolverse a más tardar el 31 de agosto del año de la elección.