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Consejeros del INE impugnarán atribuciones que Senado otorga a Taddei Zavala

Dania Ravel Cuevas, consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), afirmó que las reformas a las leyes secundarias de la reforma judicial “ponen en tela de juicio el ámbito democrático de consenso de construcción de diálogo que debe de imperar al interior del INE para hacer la designación de directores, ejecutivos y de titulares de unidades”.

“Ahora se está dejando en una sola persona una determinación del que sigue siendo el máximo órgano de dirección del INE”, señaló Dania Ravel de manera preocupante.

Recordó que desde que se creó el Instituto Federal Electoral, ahora INE, “se concibió como un ente colegiado, donde quienes dirigen esta institución son las y los consejeros electorales con derecho a voz y voto y quien van a tomar estas decisiones tan relevantes”.

Al ser cuestionada sobre si se puede hacer algo al respecto dijo que podría darse la posibilidad de una impugnación, pero lo cierto es que quien tiene la representación legal del instituto es la secretaria Ejecutiva, pero antes se debería llevar la decisión al Consejo General del INE.

Sobre los amplios poderes que se le dieron a la Junta General Ejecutiva, Dania Ravel Cuevas refirió que se dio una atribución tan amplia para tomar decisiones en las actividades que tienen que ver con las elecciones que eso podría interferir con las decisiones que se dan.

Por otra parte, a pesar de que el Congreso de la Unión aprobó la legislación secundaria que regirá el proceso electoral del Poder Judicial, aún quedaron diversos aspectos pendientes que deberá resolver el Instituto Nacional Electoral (INE). Entre estos pendientes se incluyen temas clave como la fiscalización de recursos, el papel de los capacitadores electorales, la integración de mesas de casilla, así como la asignación de tiempos en radio y televisión.

El partido Morena y sus aliados impulsaron y aprobaron reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como a la Ley de Medios de Impugnación, con el objetivo de delinear los plazos y la ruta de este proceso inédito en México. Sin embargo, aunque las reformas establecen un marco general, muchas de las responsabilidades recaerán en el INE, el cual deberá ajustarse a la nueva legislación para llevar a cabo el proceso.

La Junta General Ejecutiva del INE será la encargada de coordinar el proceso, elaborando un plan que incluya la participación de órganos locales y distritales en la organización electoral, y gestionando la etapa de cómputo de votos para asegurar la transparencia en este proceso sin precedentes en la historia de México.

El 15 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Reforma Constitucional en Materia del Poder Judicial en el que se determinó que juezas, jueces, magistradas, magistrados, ministras y ministros serían elegidos mediante el voto popular. El artículo Octavo Transitorio del Decreto previó que el Congreso de la Unión tendría 90 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias a las leyes federales que correspondan, es decir, hasta el 14 de diciembre próximo. En cumplimiento a esa disposición, la presidenta de la República envío un paquete de reformas a diversas leyes, entre las que se encuentra la LGIPE. Al discutirse estas reformas en las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos del Senado, se incluyeron 2 modificaciones que exceden los límites establecidos en el artículo Octavo Transitorio del Decreto.

La modificación al artículo 45 de la LGIPE para darle la atribución a la Presidencia del Consejo General del INE de designar a las personas titulares de las Direcciones Ejecuti-
vas y Unidades Técnicas. Hasta ahora esa era una atribución del Consejo General a propuesta de la Presidencia. Esa modificación daña el trabajo colegiado del que sigue siendo el máximo órgano de dirección del INE.

Se adiciona el artículo 48 de la LGIPE para otorgarle a la JGE la atribución de aprobar los acuerdos correspondientes para la coordinación y ejecución de las actividades administrativas, técnicas, operativas del instituto y de la coordinación de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas, relacionadas para la organización de las elecciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como para el funcionamiento ordinario del Instituto. Agregar esta facultad tan amplia a la Junta General Ejecutiva (que se integra con los Titulares de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas y es presidida por la Presidencia del Consejo General) podría invadir las atribuciones de los consejeros electorales, así como anular el trabajo que se realiza al interior de las Comisiones del Consejo General para llevar a cabo la organización de las elecciones federales.

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