* A través del Curso “El debido proceso y su impacto en los Derechos Humanos”……
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) organizó el Curso “El debido proceso y su impacto en los Derechos Humanos” a cargo de especialista en Derecho Penal, Francisco Jesús Serralde Gallegos, con el propósito de actualizar los conocimientos de Visitadoras y Visitadores Generales, Especializados y Adjuntos, así como a personal auxiliar.
Ante la Primera Visitadora General, Fabiola Manteca Hernández, puntualizó que las y los visitadores tienen un deber jurídico de actuar y de ser exhaustivos para cumplir con el debido proceso, pues los pronunciamientos de la CODHEM impactan en la sociedad, por ello es importante verificar el respeto a los derechos humanos.
El especialista explicó que el debido proceso es el respeto a las formalidades de cada procedimiento, es decir, para cumplir con éste se debe verificar que todas las acciones establecidas en la ley se realicen de manera correcta y atiendan cada una de las formalidades, “el debido proceso de desenvuelve dentro del derecho fundamental de acceso a la justicia, cuyo eje rector lo constituye la garantía de audiencia en el que toda persona debe ser oída y vencida en juicio”, agregó.
Serralde Gallegos expuso que las Comisiones tienen la facultad investigadora en materia de derechos humanos y las Visitadurías que las integran son autoridades con la obligación de hacerla bien, por tanto, el personal de la CODHEM debe valorar las hipótesis tanto de la persona quejosa como de la autoridad para corroborarlas, para lo cual se deben agotar todas las vías y acciones hasta que jurídica o materialmente exista un impedimento, para que la respuesta a la persona quejosa sea óptima, de manera adecuada y apegada a Derecho.
El también asesor en la CODHEM, mencionó las reglas para que las y los Visitadores puedan verificar y establecer si hubo o no violación a derechos humanos como parte de una investigación exhaustiva para el debido proceso: determinar qué derecho fue comprometido, si fue por acción u omisión de las personas servidoras públicas (municipales o estatales), en qué consistió o cómo se ejerció la violación y qué efectos o consecuencias tuvo.
Por último, reiteró que si bien las Comisiones de Derechos Humanos no tienen competencia en asuntos jurisdiccionales, solo es cuando se trata de asuntos de arbitrio judicial como las sentencias, pero sí son competentes para analizar actos administrativos que presuntamente violan derechos humanos, por ejemplo, cuando un juez afecta el acceso a la justicia de una víctima al fijar un plazo mayor al establecido en la ley para una audiencia y se agrava cuando es sin una justificación, entre otros casos.