De cara al enfrentamiento directo en el que se han enfrascado los trabajadores del Poder Judicial y los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ahora el Comité de Evaluación del PJF consideró que el Tribunal Electoral federal ha actuado al margen de la Constitución al ordenarle que ignore suspensiones dictadas por jueces de amparo y reanude el proceso de selección de candidatos para la elección de junio.
Ante dicho panorama, solicitó a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña Hernández, una medida cautelar para congelar la orden dictada el miércoles pasado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y evitar que este imponga multas, arrestos u otras medidas de apremio a los integrantes del comité.
“El efecto que se solicita imprimir a la medida cautelar, tiene como sustento la aparente inconstitucionalidad de una determinación dictada en uno o más juicios de la competencia de la jurisdicción electoral, que pretende dejar sin efectos sendas resoluciones dictadas dentro de juicios de amparo”, indicó el presidente del Comité, Wilfrido Castañón.
“Ni en los artículos 99 y 107 de la Constitución, ni en lo previsto en la Ley de Amparo o en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se advierte una atribución expresa de los órganos que ejercen la jurisdicción electoral para dejar sin efectos lo resuelto en la jurisdicción constitucional ordinaria del Estado mexicano”.
Sobre el tema, Piña Hernández estuvo de acuerdo en que es necesario ordenar que las cosas “se mantengan en el estado en que se encuentran” y no se impongan sanciones al comité por no ejecutar la orden del TEPJF, que le dio 24 horas para cumplir.
“Toda vez que se acredita la apariencia del buen derecho de la solicitud, dado que el acatamiento de las interlocutorias de suspensión dictadas en los juicios de amparo constituye una obligación constitucional, cuyo incumplimiento se sanciona penalmente, y que al momento en que se provee aún se encuentra corriendo el plazo de cumplimiento de la sentencia electoral contradictoria con dichas interlocutorias, se impone conceder al Comité de Evaluación la medida cautelar solicitada”, resolvió la ministra.
“El hecho de mantener las cosas en el estado en que se encuentran no implica una suspensión en materia electoral ni paralizar potestad jurisdiccional alguna, sino adoptar una medida cautelar que incide exclusivamente en la esfera jurídica del comité, con la finalidad de que ninguno de sus miembros se encuentre en el supuesto de ser merecedores de las sanciones previstas para las autoridades que incurren en desacato de una sentencia”.
En ese sentido, Castañón promovió una controversia bajo el artículo 11 de la Ley Orgánica del PJF para que la Corte “determine a cuál de las resoluciones en conflicto deberá atenderse o incluso establecer una forma diversa en que este comité conduzca el ejercicio de sus atribuciones”.
Por su parte, los tres magistrados que hacen mayoría en la Sala Superior del TEPJF sostienen que el amparo no procede en materia electoral, y la elección judicial no se puede detener, porque lo ordena la Constitución.
Fuentes cercanas al tribunal, denuncian, de manera velada, que Mónica Soto Fregoso, presidenta del TEPJF, es la verduga.
Y que aun antes de realizarse la elección presidencial, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que encabeza Soto Fregoso, exhiben sumisión hacia el oficialismo, lo que se agudizó con el estancamiento del comité del propio Poder Judicial de la Federación que recibió solicitudes de aspirantes a jueces.
Ese comité pidió al pleno de la Corte resolver -como dispone la Constitución- la contradicción de criterios marcada por una orden judicial para suspender el proceso, y otra del tribunal electoral para reanudarlo.
De inmediato, legisladores encabezados por Soto Fregoso reviraron con amenazas de multas y cárcel contra los integrantes del comité, formado por reconocidos juristas.