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Debe haber consulta pública antes de elaborar la ley de personas con espectro autista: Yasmín Esquivel

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista en Baja California Sur, tras detectar que el Congreso local no llevó a cabo una consulta pública con los sectores directamente afectados. La resolución subraya la obligación de garantizar la participación efectiva de las personas con autismo y sus organizaciones representativas en la elaboración de normativas que impacten sus derechos.

En sesión del Pleno, los ministros determinaron que la ausencia de un proceso consultivo vulneró disposiciones nacionales e internacionales en materia de derechos humanos. Se destacó que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su artículo 4.3, establece la necesidad de incluir a las personas con discapacidad en las decisiones legislativas que les conciernen.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, al presentar sus argumentos a favor de la invalidez de la norma, enfatizó que la mera participación de algunas organizaciones durante la discusión del dictamen no equivale a un procedimiento de consulta adecuado. Según explicó, las normas deben cumplir con estándares específicos de participación, lo que no ocurrió en este caso. Esquivel Mossa subrayó que la legislación debía garantizar la participación efectiva de las personas con autismo, y que la presencia de algunas organizaciones no era suficiente para cumplir con los estándares de consulta exigidos por la SCJN y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

El fallo de la SCJN se basa en la premisa de que toda ley que afecte directamente a un grupo específico de la población debe someterse a un proceso de consulta pública previa. En este caso, el Congreso de Baja California Sur omitió este paso, lo que derivó en la invalidación total de la legislación.

Según lo expuesto en la resolución, la consulta pública debe ser accesible, incluyente y representativa, permitiendo que las personas con autismo y sus familias expresen sus opiniones sobre las medidas que incidirán en su vida cotidiana. La ministra Esquivel Mossa explicó que la presencia de algunos representantes de organizaciones en el debate legislativo no satisface este requisito, pues no se garantizaron los mecanismos necesarios para escuchar a la totalidad de los afectados.

Consecuencias de la determinación de la Corte

La anulación de la ley implica que Baja California Sur deberá reiniciar el proceso legislativo con apego a los principios establecidos por la SCJN. Las autoridades locales estarán obligadas a diseñar e implementar un mecanismo efectivo de consulta, asegurando la participación activa de las personas con autismo y sus familias antes de presentar una nueva propuesta legislativa.

Este precedente refuerza la exigencia de que las entidades federativas cumplan con estándares internacionales en la formulación de políticas públicas dirigidas a personas con discapacidad. La SCJN ha reiterado en diversas ocasiones la importancia de considerar a los grupos vulnerables en la toma de decisiones que los afectan, garantizando así el respeto a sus derechos humanos.

Compromiso con la inclusión y los derechos humanos

La resolución de la Suprema Corte resalta la necesidad de fortalecer la democracia participativa en México, especialmente en el ámbito de la legislación sobre derechos humanos.

El caso de Baja California Sur evidencia que la falta de consulta previa en la creación de normativas puede derivar en su invalidación, lo que obliga a los legisladores a adoptar medidas más inclusivas y respetuosas con los marcos internacionales.

Las organizaciones en defensa de los derechos de las personas con discapacidad han señalado que este fallo representa un avance en la lucha por el reconocimiento de sus derechos. A partir de ahora, será indispensable que los congresos locales implementen procesos de consulta efectivos antes de aprobar normativas que incidan en la vida de sectores vulnerables de la población.

Con esta determinación, la SCJN reitera su compromiso con la protección de los derechos de las personas con discapacidad, garantizando que las leyes que se promulguen en su favor sean producto de un proceso legítimo, incluyente y representativo de sus necesidades y aspiraciones.

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