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Endurecen sanciones por violencia sexual digital contra menores

* El Pleno del Congreso Mexiquense aprobó sanciones de hasta 16 años y multas de 90 mil 515 pesos a quienes, haciendo uso de las tecnologías de información, violenten sexualmente a otra persona, duplicando las penas si se trata de menores de edad……

Por Martha Romero

El Congreso Mexiquense aprobó sanciones de hasta 16 años y multas de 90 mil 515 pesos a quien, haciendo uso de tecnologías de la información y la comunicación o cualquier otro medio escrito, electrónico o de mensajería, pretenda o logre concertar un encuentro o acercamiento físico con menores de edad para obtener concesiones de índole sexual o material audiovisual con contenido explícito.

La propuesta del diputado Carlos Antonio Martínez Zurita Trejo, integrante del grupo parlamentario de Morena establece que habrá penas de hasta ocho años de prisión y una multa de 45 mil 256 para quien cometa este delito contra cualquier persona.

Sin embargo, las sanciones se elevarán al doble si el delito se comete contra menores de edad, personas que requieran apoyos para comprender el significado de los hechos o contra quien demande apoyos extraordinarios, independientemente de que exista coacción, intimidación, hostigamiento, amenazas y engaños.

La reforma beneficiará a 3.2 millones de niñas y niños mexiquenses, por lo que el dictamen establece un papel determinante a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en la valoración del perdón legal cuando las víctimas sean menores de edad.

Se integran medidas para la protección inmediata de víctimas menores, en coordinación con autoridades judiciales, de salud y procuración de justicia, con un enfoque integral, sin discriminación y sin revictimización, además de colocar los derechos de la infancia en el centro de las políticas públicas frente a problemáticas como la violencia, la desigualdad, la impunidad y el abandono, con la intención de avanzar hacia una sociedad más justa y segura.

La iniciativa que reformará el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Administrativo y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, todos del Estado de México, se aplicará el principio del interés superior de la niñez en todos los delitos cometidos contra este grupo poblacional.

También obligará a las instituciones de salud a dar atención prioritaria e inmediata a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia, con la obligación de avisar a la Procuraduría de Protección y al Ministerio Público para la activación de medidas urgentes.

Finalmente, fortalecerá la atención psicosocial, jurídica y médica de las instancias estatales correspondientes para la restitución integral de derechos y la reparación del daño.

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