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Es viable el uso de gases para defensa personal explican funcionarios de la Fiscalía

Funcionarios de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), refirieron que es viable autorizar la portación de rociadores, espolvoreadores, gasificadores y dosificadores de sustancias químicas de uso manual, siempre y cuando se utilicen con fines de seguridad y legítima defensa.

Sin embargo, indicaron que estos deben producir efectos pasajeros en el organismo humano, sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento.

Lo anterior tras analizar en el Congreso Local la iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que busca impulsar la Ley ‘Me Cuido Sola’, dentro de la cual se plantea una modificación al artículo 179 del Código Penal mexiquense, para que no se consideren armas prohibidas los gases y teaser que produzcan efectos pasajeros.

Y es que señalaron que el incremento de la violencia en el país es alarmante, de ahí que sea necesario permitir el uso de estos mecanismos de defensa ante la posible comisión de un delito en contra de las mujeres, pudiendo evitar alguna violación, tocamientos, abuso sexual, asaltos, robos o secuestros, puesto que indicaron que estas herramientas generan un efecto inmediato, pero no letal, dando pauta a la víctima para resguardarse, hacer una llamada y pedir ayuda.

Ante la propuesta, Maricela Xicoténcatl Elizaga y Elvira Díaz Salgado de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, al igual que Javier Domínguez González, de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, coincidieron en que lo viable no es modificar el artículo 179, sino adicionar un párrafo al artículo 180 para que tras usar los artículos planteados, no sean sujetas las personas a una responsabilidad penal.

La iniciativa seguirá en análisis; sin embargo, se prevé que en la próxima reunión pueda estarse ya dictaminando.

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