El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la suspensión provisional de un juzgado federal contra la organización de la elección judicial.
Dicho asunto quedó registrado con el expediente SUP-AG-209/2024 y fue asignado a la ponencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien deberá elaborar un proyecto de sentencia y presentarlo a sus pares.
El INE acudió a la Sala Superior para denunciar los actos de titulares de diversos juzgados de distrito que emitieron suspensiones provisionales para ordenar a los consejeros que suspendieran la organización de la elección de jueces, magistrados y ministros, mandatada por la reforma judicial.
Los consejeros impugnaron los “acuerdos mediante los cuales las diversos Juzgados de Distrito admitieron demandas de juicio de amparo y concedieron suspensiones provisionales con efectos hacia las actividades que corresponden al Instituto Nacional Electoral, derivadas de la implementación del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025”.
La Constitución, en su artículo 103 y la Ley de Amparo, indican que el juicio de amparo es improcedente contra actos en materia electoral.
Dicho argumento ya fue utilizado por la Sala Superior del TEPJF hace unos meses para calificar como inatendible el ordenamiento de un juez federal, mediante una suspensión provisional, para nombrar las dos vacantes de magistrados.
A su vez, el Tribunal Electoral no tiene competencia en materia de resoluciones de juicios de amparo, por lo que se desconoce el camino jurídico que tomará la impugnación del INE; por lo pronto el magistrado De la Mata tendrá que proponer una resolución al Pleno.
Hace unos días, la titular del Juzgado Quinto de Distrito, con sede en Yucatán, dictó una suspensión provisional contra la instrumentación de la reforma judicial y la organización de la elección de jueces, ministros y magistrados.
Grissell Rodríguez Febles emitió la resolución que ordena al Instituto Nacional Electoral (INE) detener la elección judicial, lo que significa la segunda suspensión de ese tipo.
Otra de sus determinaciones es la advertencia a las autoridades de que se debe acatar la suspensión, con el “apercibimiento se actualizará la hipótesis del artículo 262, fracción II de la Ley de Amparo”.
Dicha fracción indica que se impondrán de tres a nueve años de prisión a las autoridades que “no obedezcan un acto de suspensión debidamente justificado, independientemente de cualquier otro delito en el que incurra”.
A su vez, la elección de jueces, ministros y magistrados, programada para el 1 de junio de 2025, se podría empantanar debido al bombardeo de recursos legales contra la reforma judicial. A ocho días de que venza el plazo para emitir la convocatoria de los comicios, no hay claridad de la magnitud de la elección ni de los recursos que serán necesarios para organizarla.
Por mandato de la reforma judicial, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) debería enviar las listas de jueces y magistrados en funciones, así como vacantes, renuncias y jubilaciones, pero el segundo transitorio no estableció un plazo para la entrega.
De acuerdo con un oficio de la ministra Norma Piña, presidenta de la Judicatura, enviado a Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado, la Judicatura empezó de inmediato con los mandatos de la reforma judicial.