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Juez ordena no transferir dinero de fideicomisos del PJ

Un juez de Distrito emite nueva orden contra la implementación de la reforma judicial al INE, Cámara de Diputados, Senado y demás autoridades federales, estatales y locales.

La orden tajante del juez advierte que no se despida a ningún integrante del Poder Judicial de la Federación que no se reduzcan los sueldos, y que la Cámara de Diputados integre en el Presupuesto de Egresos 2025 los recursos necesarios para el pago y prestaciones salariales de los trabajadores del Poder judicial, no tocar los fideicomisos y sus recursos, así como suspender el proceso electoral para la elección de jueces y magistrados.

“Se concede la suspensión definitiva para que las cosas se mantengan en el estado que actualmente se encuentran y se impidan los efectos y consecuencias de las normas impugnadas en su esfera jurídica, esto es para que las autoridades responsables tanto federales como locales, dentro del ámbito de sus atribuciones, se abstengan de llevar a cabo cualquier acto tendente a ejecutar o aplicar las disposiciones normativas reclamadas, en particular, los artículos transitorios de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024”.

En la suspensión del juez Vicente de Jesús Peña Covarrubias, se da cuenta que el Senado de la República debe suspender el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 para la elección de personas juzgadoras en la etapa en la que se encuentre. Ello implica no instalar comités de evaluación, la publicación de convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones.

La orden del juez Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el estado de Querétaro de este 17 de octubre también incluye que todos los preparativos para la elección extraordinaria de jueces y magistrados se detengan: inscripción de las personas interesadas en participar en las convocatorias emitidas por los comités de evaluación, la integración de las listas de las personas aspirantes, y la ejecución del resto de las fases de dicho proceso electoral extraordinario incluido omitir tomar protesta de su encargo a los juzgadores vencedores en la eventual elección en su sustitución.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral deberá abstenerse de llevar a cabo los actos atinentes a la elección extraordinaria el primer domingo del mes de junio de 2025. No se lleve a cabo la elección de los magistrados que integrarán el Tribunal de Disciplina Judicial y el órgano de administración judicial, o, de haber sucedido ya, no inicien funciones mientras se resuelva el asunto de fondo.

La orden exige no extinguir los fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que actualmente existen en el Poder Judicial de la Federación como se ordena en el artículo décimo transitorio del decreto, ni sean enterados los recursos remanentes, productos y aprovechamientos que existan en dichos instrumentos a la Tesorería de la Federación, ni se destinen a la implementación y demás propósitos del Decreto reclamado.

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