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“Ley Silla” una obligación legal en beneficio de la salud

* CONCANACO advierte que no cumplir con estas disposiciones puede derivar en multas administrativas calculadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA)……

Por Mireya Álvarez

A partir del 16 de diciembre de 2025, los centros de trabajo de los sectores comercio, servicios y turismo están obligados a cumplir con la llamada “Ley Silla”, una modificación a la Ley Federal del Trabajo que busca proteger la salud de las personas que desempeñan sus labores de pie durante periodos prolongados.

Ante este escenario, la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO SERVYTUR México) exhortó a los negocios, especialmente micro, pequeñas y medianas empresas, a adoptar la norma de manera organizada y preventiva.

La reforma establece que los empleadores deben facilitar sillas o asientos con respaldo para que el personal pueda alternar entre estar de pie y sentado sin que ello interfiera con la atención al público, esta medida está dirigida a actividades comunes en tiendas, restaurantes, cafeterías, hoteles y otros establecimientos donde el trabajo en bipedestación es frecuente.

Desde la perspectiva de la Confederación, el cumplimiento no debe entenderse únicamente como una obligación legal. “Se trata de una acción que mejora las condiciones laborales y reduce riesgos de salud como dolores musculares, problemas de espalda o trastornos circulatorios, además de contribuir a la estabilidad operativa de los negocios”, señaló el orga-nismo.CONCANACO- SERVYTUR recordó que la Ley Silla no solo implica adquirir mobiliario adecuado, sino también realizar cambios en la organización interna de los centros de trabajo, entre ellos, actualizar el Reglamento Interior de Trabajo para incorporar pausas, definir el uso de las sillas y reconocer los riesgos asociados a labores prolongadas de pie.

El organismo advirtió que no cumplir con estas disposiciones puede derivar en multas administrativas calculadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), con montos que pueden alcanzar varios cientos de miles de pesos, particularmente si no se cuenta con un reglamento interno actualizado. Por ello, recomendó a los empleadores respaldar con documentación cada acción realizada.La reforma fue publicada el 19 de diciembre de 2024 y, en junio de 2025, se emitieron lineamientos que otorgaron un plazo de 180 días para realizar las adecuaciones necesarias.

Dicho periodo concluyó a mediados de diciembre de 2025, por lo que actualmente la autoridad laboral puede exigir su cumplimiento.

Finalmente, CONCANACO SERVYTUR reiteró que su red de Cámaras está disponible para asesorar a los negocios en la correcta implementación de la Ley Silla, con el objetivo de equilibrar el bienestar de las personas trabajadoras, el apego a la normativa y la continuidad de las operaciones.

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