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México no impedirá pena de muerte a narcos en EE.UU.: abogado del “Z40”

Una vez que se ha consumado el traslado de 29 narcotraficantes a Estados Unidos, para enfrentarse a las leyes de aquel país por delitos relacionados con la delincuencia organizada, se alerta sobre la inminente posibilidad de que varios de ellos enfrenten de manera irremediable la pena de muerte que ha solicitado el gobierno de Donald Trump.

Cabe destacar que hay especial interés sobre la sentencia que le sería dictada al narcotraficante Rafael Caro Quintero, acusado de haber torturado y asesinado al agente de la Agencia Antidrogas (DEA), Enrique “Kiki” Camarena, aunque desde ahora, a través de fuentes cercanas a la institución policiaca de Estados Unidos, se da por descontado que se le impondrá la pena capital.

Sobre esta poco alentadora expectativa que se abre a los inculpados llevados a Estados Unidos, “no hay manera en que el gobierno mexicano pueda impedir la imposición de la pena de muerte”, declaró el licenciado Marco Antonio Avilés, parte de la defensa de Miguel Ángel Treviño, “Z40”, y Alejandro Omar Treviño Morales, “Z42”, exlíderes de “Los Zetas”, quienes fueron parte del “paquete masivo” de integrantes del narcotráfico mexicano a Estados Unidos.

En ese sentido, el gabinete de seguridad informó que el traslado de 29 personas relacionadas con delitos de alto impacto fue una solicitud de Estados Unidos, en la que la decisión le correspondió únicamente al gabinete, de igual manera, se mencionó que se contaba con información del riesgo de posibles liberaciones y considerando las actividades delictivas a las que se dedicaban, se procedió a realizar el traslado.

Por otra parte, el fiscal general, Alejandro Gertz Manero, señaló que dicho movimiento se fundamentó de acuerdo con la Convención de Palermo y la Ley de Seguridad Nacional.

Ante dichas apreciaciones, la respuesta, contradiciendo lo dicho por el funcionario, no tardó en llegar de parte del abogado Avilés, quien señaló que no existe manera de que México garantice que no se aplique la condena máxima a las personas que fueron “trasladadas” a Estados Unidos, así como lo insinuó el fiscal.

“Nosotros tenemos un acuerdo muy claro en el sentido que una legislación como la mexicana, que no tiene esa sanción, debe ser respetada en los países que nosotros tenemos un convenio. Nuestra garantía es la ley (…) cuando se sujeta a una operación, a una convención internacional; como fue en este caso, se tienen que respetar las condiciones de esa convección, no hay duda”, señaló el fiscal al ser cuestionado sobre la posible pena de muerte contra seis narcotraficantes que fueron enviados a Estados Unidos.

En respuesta, el defensor legal indicó que no hay manera de garantizar esto, en su caso, puede promover un recurso en el Estado de derecho internacional; sin embargo, sólo quedaría en una “opinión”.

Ya que la manera en que se dieron los “traslados” fue ilegal y se entregaron a las autoridades estadounidenses sin ninguna garantía de que no se les impusiera la pena de muerte, la cual ahora sí es una posibilidad.

El penalista señaló que la figura jurídica a la que fueron sometidos sus clientes es un destierro, “por mucho que quieran justificarlo en que es un traslado, esto es un destierro”, dijo.

De igual manera, indicó que era evidente que hubo una violación a todas las suspensiones que se tenían y no como el fiscal general justificó.

“No se pueden violar suspensiones sobre un procedimiento que es ajeno a esas suspensiones”, declaró Gertz Manero, quien también argumentó que la operación se apegó a lo fundado en la Convención de Palermo y en el artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional.

Sin embargo, Avilés señaló que sí hubo una violación a las suspensiones, derechos humanos y todo procedimiento que se tuvo que haber realizado antes de trasladarlos a Estados Unidos.

“Aquí debió haberse respetado las formalidades del procedimiento, debieron haber respetado la oportunidad de que un juez emitiera una opinión judicial sobre las excepciones que se tenían”, argumentó.

“Se equivoca el fiscal en su apreciación de la Convención de Palermo y la Ley de Seguridad Nacional”, agregó.

Durante ese procedimiento, el titular del Fiscalía General de la República declaró “En este caso, con una solicitud debidamente fundada del gobierno de Estados Unidos, es como se hizo esto. Sobre la base más estricta de esta ley federal que tiene 20 años de vigencia. El artículo quinto de la Ley de Seguridad Nacional y el artículo 89 de la Constitución General de la República, esas son las bases jurídicas”.

En este sentido, el abogado señaló que el fiscal se equivoca en la apreciación de la Convención de Palermo y la Ley de Seguridad Nacional ya que no se justificó de forma fehaciente que realmente los señalados fueran un peligro inminente al estar en México o que contribuyeran a ser un problema de seguridad nacional.

“No había un elemento para considerar ello y es ahí donde se equivoca el fiscal en su apreciación, porque la Convención de Palermo y la Ley de Seguridad Nacional contemplan sí supuestos excepción que no se acreditaron en este momento, una violación flagrante a las suspensiones concedidas en diversos amparos”, puntualizó.

“México perdió la oportunidad de ser garante de derechos humanos, todo lo contrario, colabora en forma activa a la violación de derechos humanos”, declaró el licenciado Marco Antonio Avilés al hacer hincapié en la violación de las suspensiones.

En este sentido, indicó que los pasos de partida son pedir a la Corte Interamericana medidas cautelares a efecto de que se les protejas sus derechos y se evite la imposición de la pena de muerte o prisión vitalicia. Por otra parte, se buscará que se realice un estudio real y jurídico de las determinaciones que planteó el gobierno de México y que desde su perspectiva carecen de fundamento legal.

Sin embargo, indicó que la situación es desafortunada porque Estados Unidos viola frecuentemente las determinaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“La violación del gobierno mexicano en contra de las personas que extraditaron y propiamente por lo que hace a mis clientes, a los señores Treviño Morales, al señor Carlos Alberto pues se magnifica, se duplica como tal porque es entre el argot jurídico conocido que Estados Unidos no acostumbra a someterse a cuestiones a jurisdicciones internacionales”, señaló.

Declaró que el término correcto es “destierro y expulsión”, ya que no se aplicaron los protocolos que conlleva una extradición y en la que incluso la Secretaría de Relaciones Exteriores pide garantías del gobierno requirente para efecto de que no haya una imposición precisamente de la pena de muerte o de la prisión vitalicia. “Simplemente fueron a dejar a las personas detenidas a su suerte. Sin ningún compromiso por parte del Estado que los pidió”, finalizó Marco Antonio Avilés.

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