Por Mireya Álvarez
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las empresas que ya se encuentra abierto el periodo para presentar la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2025, trámite obligatorio que deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, dependiendo del régimen bajo el cual tributen.
La autoridad fiscal precisó que los plazos varían según el tipo de persona moral, en el caso de las sociedades que se encuentran en proceso de liquidación, el límite para cumplir con esta obligación es el 19 de enero, mientras que las personas morales con fines no lucrativos tienen como fecha máxima el 16 de febrero y para el resto de las empresas, incluidas aquellas que tributan conforme al Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y las inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el plazo vence el 31 de marzo.
El SAT informó que la nueva plataforma digital incorpora información precargada con el objetivo de facilitar el cumplimiento fiscal, entre los datos que ya aparecen integrados se encuentran los pagos provisionales realizados durante el año, el monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) entregada, así como las retenciones efectivamente enteradas por conceptos como sueldos y salarios, arrendamiento y RESICO.
También se incluyen los CFDI correspondientes a devoluciones, descuentos y bonificaciones, además de saldos pendientes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, dividendos, pagos al extranjero y subsidios para el empleo, entre otros conceptos.
Para enviar la declaración, las empresas deben contar con su e.firma vigente y tener habilitado un servicio de banca electrónica, ya que cualquier saldo a cargo deberá cubrirse mediante transferencia en instituciones bancarias autorizadas para el cobro de contribuciones federales.
La dependencia advirtió que, en caso de que el contribuyente detecte errores o necesite ajustar los datos precargados, será necesario presentar una declaración complementaria y cuando se genere un monto a pagar, la actualización de la información se reflejará en un plazo aproximado de 48 horas después del pago; si el resultado es en ceros, el sistema mostrará los cambios en alrededor de 24 horas.
Finalmente, el SAT recordó que desde el 1 de diciembre de 2025 se habilitó un simulador tanto para el Régimen General como para el Régimen Simplificado de Confianza, herramienta que permite a las empresas revisar con anticipación la información reportada durante el ejercicio fiscal 2025 y prepararse para presentar su declaración anual sin contratiempos.



