De manera definitiva, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ejercer su facultad de atracción para conocer el caso de la empresa Juegos del Bajío, la cual recibió un fallo favorable por parte de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
Con esta resolución tajante, la Corte impidió que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pudiera realizar el cobro de un crédito fiscal por 4 mil 306 millones 799 mil 83.86 pesos.
Sobre este tema, la ministra Lenia Batres Guadarrama propuso atraer el asunto, pues señaló que es un caso de gran importancia y trascendencia para la Federación.
Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa y los ministros Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán votaron en contra la propuesta, por considerar que no reviste interés.
Vale destacar que la ministra Batres Guadarrama pretendía que el asunto fuera atraído para crear una jurisprudencia que ayude a fortalecer la defensa de los intereses de la Federación.
Para la ministra, la decisión de la mayoría es contraria al orden público y al interés social, porque impide que las autoridades puedan defender las prioridades del Estado mexicano, como es el caso de la nulidad de créditos fiscales.
La decisión de la mayoría evitó que el asunto pudiera ser retirado por la ministra, para que analizara de nueva cuenta su petición.
Vale la pena mencionar también que el 12 de mayo de 2023, el entonces secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, había informado que el gobierno no sólo quería recuperar el crédito fiscal, sino también que se cancelara el permiso a la empresa de juegos y apuestas, el cual fue otorgado durante el sexenio de Vicente Fox.
En referencia al caso ya comentado, hay que recordar que en otros casos que tuvieron relevancia en su momento, la SCJN rechazó amparar a la empresa Hemoser, la cual está involucrada en el mayor escándalo de colusión en materia de salud en México.
La empresa fue multada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) con 626 millones 457 mil pesos, junto con 11 compañías más y 14 personas físicas.
La sanción derivó por coordinarse y repartirse los contratos de servicios integrales de laboratorio y banco de sangre en licitaciones convocadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) entre el 2008 y el 2015.
La multa fue emitida en 2020, durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, y es la más alta que ha impuesto el órgano por la comisión de prácticas monopólicas absolutas.
Ante ello, Hemoser pidió a la Corte revocar la sentencia del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República.