El coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal Ávila, adelantó que la semana que inicia comenzará el proceso para ocupar la vacancia de la presidencia de la Cámara de Diputados que ocupaba Ifigenia Martínez, quien falleció la noche de este sábado.
El legislador morenista explicó que de acuerdo con la Ley Orgánica del recinto legislativo de San Lázaro, será en lo inmediato el vicepresidente Sergio Gutiérrez Luna, quien asuma las funciones de presidente.
Detalló que más tarde, vendrá un proceso de selección en el pleno, pero será la bancada morenista la que proponga a los candidatos o candidatas.
Aseguró que al interior del grupo parlamentario “la mayoría de las y los compañeros opina que el vicepresidente, Sergio, pueda ocupar su función”, sin embargo, explicó que convocará a una plenaria para que las y los diputados resuelvan juntos el tema, en el que también contenderían Olga Sánchez Cordero y Dolores Padierna.
“Estará el vicepresidente en funciones de presidente hasta en tanto tomemos una decisión en el grupo mayoritario, deberá de ser una decisión que nos una”, sentenció.
Vale aclarar que el proceso de sucesión está claramente delineado en la normativa de la Cámara de Diputados y se basa en un conjunto de disposiciones que buscan garantizar la continuidad y la estabilidad en la dirección de los trabajos legislativos.
De acuerdo con el Reglamento de la Cámara de Diputados, el Capítulo IV titulado “De las Suplencias, Vacantes, y Licencias del cargo de Diputado o Diputada”, en su Artículo 10, especifica que una vacante en el cargo de diputado o diputada se produce cuando los miembros electos, ya sea por el principio de mayoría relativa o de representación proporcional, no pueden desempeñar su función.
Entre las causas que generan esta vacante se incluye el punto III, que menciona: “Muerte o enfermedad que provoque una incapacidad permanente que impida el desempeño del cargo”. En este caso, la vacante de la presidencia de la Mesa Directiva está claramente contemplada bajo este supuesto, debido al fallecimiento de Ifigenia Martínez y Hernández.
El Artículo 19 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece los procedimientos a seguir ante la ausencia del presidente de la Mesa Directiva. En su punto 2, señala que, si las ausencias del presidente son mayores a 21 días durante periodos de sesiones o a 45 días en periodos de receso, la Mesa Directiva deberá acordar la designación de un “vicepresidente en funciones de presidente”.
Este vicepresidente asumirá las funciones del presidente de manera interina hasta que se elija a una nueva persona para completar el periodo correspondiente. Esto quiere decir que, tras la muerte de Ifigenia Martínez, el vicepresidente de la Mesa Directiva podría asumir temporalmente el cargo mientras se organiza una nueva elección.
Actualmente, la vicepresidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados está integrada por tres diputados de diferentes fuerzas políticas, los cuales son: Sergio Gutiérrez Luna, del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena); Kenia López Rabadán, del Partido Acción Nacional (PAN); y María del Carmen Pinete Vargas, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), de acuerdo con el Canal del Congreso.
Cualquiera de estos tres diputados podría asumir la presidencia de la Mesa Directiva tras una nueva elección para designar de manera definitiva al nuevo presidente o presidenta de la Mesa, garantizando así la continuidad en los trabajos legislativos y el correcto funcionamiento del Congreso durante este periodo de transición.
Asimismo, el punto 3 del mismo artículo señala que cualquier elección de un integrante de la Mesa Directiva, incluyendo al presidente, debe realizarse mediante el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en el Pleno. Este es un requisito fundamental para garantizar que la elección cuente con el respaldo de la mayoría calificada del cuerpo legislativo.
Este proceso puede realizarse mediante una votación electrónica o por cédula, dependiendo de las circunstancias del momento. Los Grupos Parlamentarios, de acuerdo con el Artículo 18, son los encargados de postular a quienes conformarán la Mesa Directiva, asegurando que las propuestas respeten los criterios establecidos para garantizar la representación adecuada de los distintos partidos.