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Sin prisión preventiva oficiosa habrá, liberación masiva de presos

La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ), que reúne a los 32 fiscales estatales y al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, exhortó a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a “cumplir con la Constitución” en el tema de la posible desaparición de la figura de la prisión preventiva oficiosa y pidieron al máximo órgano de justicia del país evitar un fallo que permita la “liberación masiva” de presos.

“Resolver en contra de la Constitución permitiría que alrededor de 60 mil personas sujetas en todo el país a procesos por delitos de feminicidio, homicidio, secuestro, delincuencia organizada y otros graves, obtengan su libertad procesal”. La FGR subrayó a través de un comunicado que esto “implicará que la sociedad quede expuesta a graves riesgos, principalmente testigos y servidores públicos que intervienen en cada caso”.

Es frecuente que los procesados que quedan en libertad atenten contra quienes los han señalado, se evadan o vuelvan a delinquir, de lo cual se cuenta con un gran número de casos”, advirtió la Fiscalía.

Miembros de la Sala Superior de la SCJN, como la ministra Margarita Ríos Farjat, han revelado que este mismo año algunos ministros propondrán acotar la ampliación del catálogo de delitos que involucran la prisión preventiva oficiosa, así como reinterpretar la figura para que ésta deje de ser automática.

Ríos Farjat ha mencionado, además que tiene un proyecto que plantea que sea la Fiscalía General de la República (FGR) y el Poder Judicial de la Federación (PJF) quienes se encarguen de efectuar un esquema mediante el cual se revisen cuáles son los casos que ameriten prisión preventiva oficiosa y con ello se frene la liberación masiva de manera inmediata.

La ministra señaló que la discusión planteará que la medida cautelar ya no se aplique en ciertos delitos, una vez que logren ejecutar cambios en las leyes secundarias, por lo que en caso de cometerse estos delitos, la medida cautelar dejará de aplicarse de manera automática.

Algunos ministros de la Corte también han planteado que la prisión preventiva oficiosa no sea superior a dos años, a excepción que el ejercicio del derecho se prolongue en casos como delincuencia organizada, homicidio doloso, violación (incluyendo contra menores de edad), secuestro, trata de personas, genocidio, espionaje, terrorismo, feminicidio, robo a casa habitación, corrupción y uso de programas sociales con fines electorales.

La Fiscalía General de la República recordó en el comunicado que el 21 de junio la CNPJ determinó por unanimidad que, en el caso de la prisión preventiva oficiosa, “debe preservarse la soberanía nacional y la supremacía constitucional, en su aplicación puntual, ya que de lo contrario se mermará la autonomía del Estado mexicano, su seguridad y la justicia penal en el país”.

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