* Y ordena reparaciones en Tlalnepantla……
Por Mireya Álvarez
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió diversos expedientes clave relacionados con la vida interna de los ayuntamientos y procesos partidistas, destacando la acreditación de violencia política en el municipio de Capulhuac y la revocación de resoluciones internas del PAN.
El Tribunal analizó el procedimiento especial sancionador PES/44/2025, promovido por diversas regidurías del ayuntamiento de Capulhuac en contra de la presidenta municipal con licencia.
Tras el análisis ordenado por la Sala Regional Toluca, el Pleno determinó que, aunque no se acreditó violencia política en razón de género ya que las omisiones afectaron a todo el cabildo por igual, sí existió violencia política en contra de la tercera, quinta y sexta regidoras.
Ante ello, se ordenó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo para que determine las sanciones administrativas correspondientes, además se vincularon a las autoridades municipales para el cumplimiento de las medidas de reparación integral.
En la misma jornada, el TEEM atendió el juicio ciudadano JDC/390/2025, promovido por Armando Valdéz Porras contra la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN).
El actor impugnaba su exclusión como candidato a la presidencia del Comité Directivo Municipal en Atlacomulco, sin embrago, el Tribunal determinó que el partido desechó la queja de forma indebida al considerar el plazo como extemporáneo. Los magistrados ordenaron al PAN realizar una interpretación que favorezca el derecho de impugnación y “resolver el fondo del asunto” en un plazo de cuatro días.
Asimismo, se resolvió el procedimiento POS/7/2025 relativo a una denuncia contra una diputada local del PAN, Krishna Karina Romero Velázquez, por su asistencia a una clausura escolar. El Tribunal declaró la inexistencia de infracciones, al considerar que el evento fue de carácter estrictamente escolar y no hubo promoción personalizada ni uso indebido de recursos públicos.
El pleno también abordó casos de alta relevancia mediática y administrativa, en el expediente PES/51/2025, se acreditó que el comunicador Jorge Roberto Avilés Vázquez, conocido como “Cayo de Hacha”, incurrió en violencia política de género en sus vertientes simbólica, psicológica y digital contra la primera síndica de Tlalnepantla. El Tribunal le impuso una amonestación pública, ordenó su inscripción en el Registro de Personas Sancionadas por cuatro años y dictó medidas de reparación.
En otro tema, se declaró la inexistencia de violencia política de género en el caso de la sexta regidora de Teoloyucan tras una votación dividida donde la mayoría de los magistrados consideró que no se obstruyó el ejercicio de su cargo durante las sesiones de cabildo.
En esa misma sesión el Tribunal se declaró incompetente para resolver un conflicto sobre el comité de agua potable de San Francisco Cheje, señalando que estos órganos son de naturaleza administrativa municipal y no electoral.
Finalmente, se desechó una demanda del quinto regidor debido a que fue presentada vía correo electrónico sin firma autógrafa física, incumpliendo los requisitos de ley.



