* Advierten retrocesos en protección de especies……
Por Mireya Álvarez
La reciente entrada en vigor de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México desató críticas por parte de organizaciones defensoras de los animales, que consideran que el nuevo marco jurídico presenta disposiciones contrarias al espíritu de protección establecido en la Constitución y abre la puerta a prácticas que podrían afectar el bienestar de diversas especies.
A través de un pronunciamiento público, la Confederación por los Derechos de los Animales de México (CODAM) manifestó su rechazo a diversos artículos de la legislación recién publicada en la Gaceta de Gobierno, al considerar que representan un retroceso en materia de derechos animales y contradicen los compromisos asumidos por las autoridades estatales para fortalecer las políticas de protección animal.
Uno de los puntos que más preocupa a la organización es el contenido del artículo 106, relacionado con animales comunitarios, ferales o en situación de calle. De acuerdo con CODAM, la redacción permite que estos ejemplares puedan ser sacrificados bajo criterios determinados por la autoridad, una práctica que, sostienen, ha sido abandonada en diversas entidades debido a su baja efectividad para controlar la sobrepoblación canina y felina.
La agrupación también cuestionó el artículo 41, que excluye de determinadas medidas de protección a toros, novillos, becerros y gallos, situación que, a su juicio, mantiene vigentes espectáculos y actividades donde existe sufrimiento animal.
A ello se suma la inconformidad por lo establecido en el artículo 235 Quáter, el cual señala que ciertas actividades no serán consideradas como maltrato o crueldad animal para efectos de la ley. Entre ellas se encuentran las corridas de toros, charreadas, jaripeos, rodeos, peleas de gallos, actividades cinegéticas y algunas prácticas vinculadas con la pesca o el control de especies consideradas plaga.
Para la organización, esta disposición genera una contradicción de fondo, pues una ley creada para proteger a los animales establece excepciones que permiten actos que, en otros contextos, podrían ser catalogados como violencia o sufrimiento animal.
Otro de los cuestionamientos se dirige al artículo 29, que establece que únicamente médicos veterinarios podrán dirigir los Centros de Bienestar Animal. CODAM argumenta que esta restricción podría limitar la participación de otros perfiles profesionales con experiencia en protección animal y gestión de refugios.
Asimismo, señalaron diversas omisiones y deficiencias técnicas dentro de la legislación, entre ellas la falta de reconocimiento a activistas independientes, la ausencia de campañas de esterilización como función expresa de los Centros de Bienestar Animal, la autorización para la captura de animales en espacios públicos y la inclusión de figuras administrativas cuya función no queda claramente definida.
Ante este escenario, la Confederación por los Dere chos de los Animales de México solicitó la revisión integral de la norma y pidió a las autoridades estatales abrir mesas de trabajo con especialistas, organizaciones protectoras, académicos y activistas para construir un nuevo ordenamiento jurídico que garantice una protección efectiva de los animales y se alinee con los principios constitucionales vigentes.
Finalmente, la organización sostuvo que cualquier legislación en la materia debe priorizar la prevención del maltrato, la promoción de la tenencia responsable y el respeto a la vida animal, por encima de disposiciones que, consideran, dejan espacios para la discrecionalidad y la exclusión.


