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Reducen hasta 50% multas de tránsito en carreteras y puentes federales

* Las nuevas sanciones entraron en vigor el 14 de agosto y contemplan reducciones para automovilistas, motociclistas, ciclistas y el autotransporte federal……

Por Martha Romero

Las multas contempladas en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes Federales tuvieron una reducción de hasta 50 por ciento con las modificaciones que entraron en vigor el pasado 14 de agosto, con el objetivo de disminuir el impacto económico de las sanciones para las personas usuarias de estas vías.

Las actualizaciones establecen nuevos rangos para las infracciones cometidas por automovilistas particulares, motociclistas, ciclistas, así como por quienes utilizan vehículos de autotransporte federal, sus auxiliares y transporte privado.

Las sanciones se determinan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor diario para 2026 es de 117.31 pesos, por lo que el monto final depende del número de UMAs establecido para cada conducta.

Entre las infracciones contempladas se encuentran aquellas relacionadas con el exceso de velocidad. Para conductores de automóviles, vagonetas y motocicletas sin remolque que rebasen los límites establecidos, las multas van de 25 a 35 UMAs, equivalentes a entre 2 mil 932 y 4 mil 105 pesos, dependiendo del exceso registrado.

También se establecieron sanciones para quienes desobedezcan los semáforos utilizados para controlar la circulación en los carriles. En estos casos, las multas van de 15 a 18 UMAs, es decir, de mil 759 a 2 mil 111 pesos.

Una de las sanciones de mayor monto corresponde a quienes conduzcan bajo los influjos del alcohol, sustancias ilícitas o medicamentos que afecten su capacidad para manejar. Para esta conducta se contemplan multas de 50 a 55 UMAs, equivalentes a entre 5 mil 865 y 6 mil 452 pesos.

En el caso de los vehículos estacionados en lugares prohibidos cuyos conductores no se encuentren dentro o cerca de ellos, la sanción quedó establecida entre 30 y 35 UMAs, lo que representa multas de 3 mil 519 a 4 mil 105 pesos.

Con la entrada en vigor de las modificaciones, las autoridades señalaron que las infracciones presentan una reducción de hasta 50 por ciento respecto de los montos anteriores, lo que representa un menor impacto económico para las personas sancionadas.

Sin embargo, el reglamento también contempla disposiciones específicas para los casos de reincidencia. De acuerdo con el artículo 198, quienes reincidan en conductas sancionables mediante amonestación escrita podrán recibir una multa de entre 10 y 13 veces la cuota diaria.

Además, el artículo 200 establece beneficios para quienes reconozcan expresamente la falta cometida, pues el monto de la multa podrá reducirse en 25 por ciento.

A esta reducción se puede sumar otro 25 por ciento cuando el pago de la multa se realice dentro de los 15 días hábiles posteriores a la comisión de la infracción, de acuerdo con lo establecido en el reglamento.

La aplicación de estas disposiciones corresponde al personal de la Guardia Nacional (GN), institución encargada de hacer valer el marco legal y contribuir a la seguridad de quienes transitan por las carreteras y puentes federales.

Las autoridades exhortaron a las personas usuarias de estas vías a respetar los límites de velocidad, señalamientos y demás disposiciones de tránsito, con el propósito de prevenir accidentes y mantener condiciones de seguridad durante los recorridos.

Asimismo, recordó que cualquier emergencia o anomalía que las personas usuarias padezcan o de la que sean testigos puede ser reportada al número 088, a fin de solicitar apoyo o informar a las autoridades correspondientes.

Los gobiernos federal y estatal también mantienen acciones encaminadas a fortalecer una cultura de cero corrupción en las instituciones responsables de proteger la seguridad de la población, particularmente en la atención y vigilancia de las vías de comunicación.

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