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Sandra Cuevas no podrá desempeñar ningún cargo público un año

El Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México sancionó con una suspensión de un año para desempeñar cualquier cargo o ejercicio público a la exalcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas Nieves, por abusos ocurridos en la aplicación del llamado Operativo Diamante.

La resolución del juicio de responsabilidad administrativa TE/I-22616/2023 de más de cien páginas, que ya fue notificada a la exalcaldesa y a la que tuvo acceso MILENIO, concluye que Cuevas y su equipo incurrieron en “faltas graves” relacionadas con abuso de funciones en el contexto de dicha estrategia ejecutada en 2023.

Como se establece en el apartado de antecedentes de la resolución, el llamado Operativo Diamante fue una estrategia que la administración de Cuevas desplegó entre el 19 de junio y el 9 de agosto de 2023 dirigida a retirar de la vía pública enseres, pérgolas, jardineras, bancas y mobiliario de comercios en Cuauhtémoc.

Sin embargo, la ejecución de esta estrategia dio paso a reportes y denuncias de ciudadanos que originaron una investigación del Órgano Interno de Control en la alcaldía Cuauhtémoc (dependiente del gobierno central de la ciudad), la cual presentó, en octubre de 2023, el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA) derivado del expediente disciplinario OIC/CUA/D/389/2023.

A partir de ello, la Primera Sala Ordinaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración del Tribunal llevó a cabo el procedimiento y el juicio correspondiente y resolvió que sí existieron diversas anomalías que dieron paso a las sanciones.

Entre las pruebas que el tribunal tomó en cuenta para emitir su resolución se encuentra una serie de videos que registran tanto los anuncios de dicha estrategia como incidentes que se presentaron.

Por ejemplo, hay un video de más de una hora en el que Cuevas, en la explanada de la alcaldía, explica que el operativo inició el 19 de junio de 2023 y consiste en avisar a comerciantes que retiren sus enseres, y a quienes no acaten la instrucción “se les levanta todo lo de afuera del puesto”.

Otro video del 29 de junio del 2023 muestra a Cuevas caminando por una calle, señalando jardineras y mobiliario de comercios, e instruyendo directamente: “Todo esto nos lo vamos a llevar, rápido, muchachos… Agárrele de acá, Mondragón, esto también… Hay que sancionarlos por haber pegado aquí estas cosas”.

Otra grabación del 16 de julio de 2023, publicada por la propia exalcaldesa, muestra el momento en que ella misma realiza el corte de una estructura de pérgola de madera utilizando una motosierra, anunciando que “el Operativo Diamante cierra esta semana con el retiro de pérgolas… en toda la Ciudad de México”.

En el apartado de sus resolutivos, la sentencia del tribunal concluye que la principal irregularidad del llamado Operativo Diamante fue que el retiro de bienes, enseres y pérgolas se realizó sin que mediara notificación previa ni procedimiento administrativo alguno que lo justificara, y sin verificar si los comerciantes contaban o no con los permisos correspondientes, causando perjuicio patrimonial a los dueños de los establecimientos.

El tribunal también consideró que dicha estrategia, al haberse tratado de un despliegue oficial, debió haberse publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, como exige el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

La sala que analizó el caso identificó a su vez que, pese a existir en el Manual Administrativo de la alcaldía un procedimiento reglado llamado “Retiro de Obstáculos en Vía Pública”, este no fue el que se siguió.

Como resultado de todo ello, el Tribunal concluye que Sandra Cuevas es administrativamente responsable de la falta grave de abuso de funciones, al considerar acreditado que, en su calidad de alcaldesa, “realizó e indujo” a personal de la Alcaldía a retirar bienes de comerciantes sin procedimiento, causando perjuicio a particulares.

Derivado de ello se determinó la imposición de una sanción de inhabilitación temporal por un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

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