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TEEM exoneró a Ernesto Santillán de violencia de género

Ernesto Santillán

* Tras dos años de proceso, el tribunal absolvió por mayoría al legislador local, mientras que ordenó disculpas públicas e inscripción en el registro de agresores a Juan Gabriel Salazar, por campaña difamatoria en 2024 contra alcaldesa de Ecatepec……

Por Mireya Álvarez

Toluca, Méx.- Con votación dividida y tras un proceso legal que se extendió durante dos años, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) absolvió al diputado local del Partido del Trabajo, Ernesto Santillán de las acusaciones por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) presentadas en su contra por la hoy alcaldesa de Ecatepec, Azucena Cisneros Coss.

La resolución del órgano jurisdiccional determinó por mayoría que las evidencias presentadas resultaron insuficientes para acreditar alguna infracción electoral o falta legal imputable al ex primer regidor de este municipio; además, el fallo enfatiza la necesidad de contar con elementos probatorios sólidos para determinar responsabilidades administrativas o jurídicas más allá de la sola denuncia.

En contraste, el tribunal halló culpable a Juan Gabriel Salazar Martínez, exdirector del Ayuntamiento de Ecatepec, por incurrir en VPMRG en perjuicio de Azucena Cisneros Coss dentro del expediente PES/247/2024.

De acuerdo con las investigaciones del TEEM, confirmaron que el exservidor público financió la divulgación de material audiovisual en redes sociales con estereotipos de género durante el proceso electoral municipal de 2024.

Ante ello, las medidas correctivas impuestas por el TEEM obligan a Salazar Martínez a retirar de forma inmediata el video objeto de la denuncia en Facebook; publicar una retractación en la misma plataforma digital por un periodo obligatorio de 18 días naturales; tomar un curso obligatorio sobre VPMRG impartido por la Secretaría de las Mujeres del Estado de México; así como inscribirse durante un año en los padrones nacional y local de personas sancionadas en materia de género (del INE y del IEEM).

Finalmente, el Pleno desestimó los señalamientos de calumnia y declaró la inexistencia de infracciones para el resto de los implicados en este mismo recurso legal.

Ante ello, el petista Ernesto sostuvo que el dictamen jurisdiccional respalda un ejercicio político basado en hechos acreditados y en el estricto apego al Estado de Derecho; asimismo, enfatizó que la resolución no debe interpretarse como una confrontación con la causa feminista.

Finalmente, el legislador afirmó que su respeto hacia la agenda de género permanece firme y advirtió que causas tan relevantes no deben instrumentalizarse con fines políticos ni para desvirtuar a las verdaderas víctimas.

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