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Diputados aprueban Ley de Ingresos de la Federación 2024

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El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo particular, con modificaciones, el dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, que prevé ingresos totales por 9 billones 66 mil 45.8 millones de pesos, un 4.2% más respecto a 2023.

Con 260 votos a favor, 183 votos en contra y una abstinencia, se aprobaron los artículos reservados en los términos de dictamen con las modificaciones y adiciones aceptadas por la Asamblea.

Tras casi 15 horas de debate entre los oficialistas y opositores, la Cámara de Diputados aprobó tres modificaciones al dictamen propuesto por Morena y sus aliados para el ejercicio de 2024, y ahora ha sido remitido al Senado para sus efectos constitucionales.

El Pleno aceptó los cambios a los artículos 21, 22 y la adición de un Vigésimo Sexto Transitorio.

Respecto a las modificaciones al artículo 21, el diputado de Morena, Carol Antonio Altamirano, indicó que esta reforma plantea que durante el ejercicio fiscal de 2024 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta será del 0.50% y no del 1.48% como se proponía en el dictamen.

Asimismo, se modifican las fracciones I, II, III y V, relativas a la metodología para calcular dicha tasa, y determinar un periodo comprendido de agosto de 2020 a julio de 2023, y no de noviembre de 2022 a julio de 2023 como lo establecía el dictamen.

Lo que se busca evitar, según explicó el diputado, es un golpe a la economía de miles de ahorradores y mejorar las finanzas públicas a favor de la población, por lo que convocó a las y los diputados a apoyar la propuesta.

Otra reserva aprobada fue la presentada por la diputada Lilia Aguiar Gil (PT), que plantea cambiar el artículo 22, a fin de reducir de 40 a 30 por ciento el pago de derecho por la utilidad compartida, en sustitución de la tasa prevista en el artículo 39 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

Se aprobó adicionar un artículo Vigésimo Sexto Transitorio para establecer que las operaciones de transferencia de bienes, derechos y obligaciones que realicen las empresas productivas del Estado de conformidad con los términos para la resignación de activos y contratos publicados en el Diario Oficial de la Federación del 25 de noviembre del 2019, para reorganizar a sus empresas productivas subsidiarias y empresas filiales, no constituyen una enajenación para efectos fiscales.

La diputada Marcela Guerra Castillo dijo que, con fundamento en lo que dispone el artículo 93, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia de la Mesa Directiva ordena que antes de que se remita la minuta al Senado de la República se realicen las correcciones que demandan el buen uso del lenguaje y la claridad de la ley, sin modificar lo aprobado por esta Asamblea.


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