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“Fue una deficiente actuación por parte del MP”: Ricardo Sodi

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El presidente del Poder Judicial del Estado de México, Ricardo Sodi Cuéllar indicó que el presunto agresor de la menor de 4 años abusada sexualmente seguía su proceso en libertad, es decir, no estaba en prisión, por lo que no fue liberado tras la resolución del juez de absolver por insuficiencia probatoria.

Reconoció que el presunto agresor estaba en libertad provisional, no tenía prisión preventiva, situación que no se había aclarado. En tanto, el juez está sometido al control, al escrutinio, a la supervisión del Consejo de la Judicatura, que será analizada y valorada por si se encuentra algún tipo de responsabilidad, aplicar los correctivos necesarios.

Afirmó que este caso “me duele particularmente, me incomoda porque la única víctima que hay es la menor involucrada, que es víctima de los hechos, de las circunstancias y de su propio entorno cercano. Nosotros siempre hemos privilegiado el interés superior del menor y su cuidado. Lamento mucho lo que pasó, pero también debemos aplicar un régimen jurídico estricto para salvaguardar la tutela de los derechos humanos de los que están sujetos a un proceso penal”, expresó.

“Lo desafortunado fue la intervención del juez, más allá de la explicación, quien se enfrascó en un diálogo con la mamá de la víctima y tuvo expresiones desafortunadas, es más, diría yo, insensible”, apuntó

Agregó que el juez debió decirle a la señora Victoria Figueras que la sentencia fue dictada y certificada, pedirle combatirla a través del recurso correspondiente que es la apelación, “pero no, el juez indebidamente, erróneamente e insensiblemente generó un diálogo con la mamá de la víctima y eso generó la confusión”.

“Porque de esa expresión se apreciaría que la víctima, la niñita, debería de precisar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la comisión del ilícito y eso es falso. La niñita no puede decir esas cosas, sino que es el agente del Ministerio Público quien debe hacerlo”, agregó.

Señaló que fue una deficiente actuación por parte del MP que desembocó en una insuficiencia probatoria e impidió que se acreditara la acusación que hizo la Fiscalía.

Reiteró que lo más importante es conocer la sentencia porque los videos difundidos son solo una parte, no transmiten la explicación de la resolución. Sodi Cuéllar abundó que para llegar a este punto, el juzgador cita a la audiencia con todas las partes, es decir, la defensa, la víctima, su asesor y el agente del Ministerio Público.

Una vez dictado el fallo en presencia de todos ellos no puede ser modificado, sino que existe el recurso de apelación, que deben interponer cualquiera de las partes, para controvertir la sentencia.

Sobre la petición del Senado para que el juez sea removido de su cargo, dijo que por desgracia hay un proceso de acusación y demostración de la figura del juzgador, sin conocer la sentencia.

“El Senado (hizo la petición) en un contexto de naturaleza eminentemente política con vísperas a un proceso electoral, pero nadie se tomó la molestia de ver la sentencia, de haberla visto, conocerían el contexto global”, dijo.

“Pero lo que no puede ser es decir cesarlo fulminantemente, porque sería violar los derechos humanos del juez, y no es posible actuar en este sentido. A nadie se le puede aplicar la justicia simplemente por consigna o a través del linchamiento”, subrayó.


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