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Eximbank cancela créditos a Pemex

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No pasó mucho tiempo para que se notara la mano dura de Estados Unidos en contra de la paraestatal de Petróleos Mexicanos (Pemex), luego de haberse atrevido a pasar por alto el embargo comercial que el país vecino ha impuesto a la isla, y enviarles petróleo gratis.

Así es como ahora la agencia oficial de crédito, promotora de la exportación y la inversión del sector privado estadounidense en el extranjero, conocida como Eximbank, sancionó a Pemex con la cancelación de un crédito en agosto por unos 800 millones de dólares, por exportar petróleo gratis a Cuba.

La sanción se hace, dado que Cuba está sometido a un embargo comercial por Estados Unidos Fuentes cercanas a la empresa informaron que la decisión de Eximbank tiene que ver con los recientes donativos en junio y julio de más de un millón de barriles de crudo de Pemex a la isla, que el gobierno de México ocultó, con la intención de evitar ser sancionado.

Se ha filtrado la decisión de Pemex que en primera instancia había acordado que no se hiciera pública la cancelación del crédito del Exim, a solicitud de la petrolera mexicana, para evitar un escándalo financiero y diplomático.

También se destaca que en los detalles de la cláusula de la sanción financiera, se explica que esta va dirigida a la estatal Pemex, pero no se extiende a todo el gobierno mexicano, por lo que Eximbank continuará apoyando a los inversionistas estadounidenses en sus operaciones en México, excepto cuando se trate del sector petrolero.

Sin embargo, la situación financiera actual de Pemex no es la mejor y esto supondría un golpe duro para la paraestatal.

Como ya es conocido, en junio, México envió sin carga 350 mil barriles de crudo de Petróleos Mexicanos a Cuba y otros 700 mil barriles el mes siguiente, lo que marcó sus primeras exportaciones a la isla desde 2019, según información que resguardaba la autoridad portuaria y movimientos de barcos rastreados.
Odebrecht demanda a Pemex Transformación Industrial

Pero los problemas legales parece que no terminan para la petrolera mexicana, pues se sabe que luego de que el 12 de noviembre de 2015, Constructora Norberto Odebrech, S.A (“CNO”) y PTRI celebraron un contrato de ingeniería, procura y construcción de accesos y obras externas para el Proyecto de Aprovechamiento de Residuales en la Refinería Miguel Hidalgo, para el 16 de junio de 2017, PTRI notificó a Odebrecht el Aviso de Rescisión de Pleno Derecho al considerar que había incumplido en varios términos estipulados como fueron: La obligación de registro de la obra, el alta a sus trabajadores ante el IMSS y el registro como generador de residuos peligrosos. El 27 de febrero de 2018 se elaboró el finiquito correspondiente y Odebrecht se opuso al mismo.

El 22 de noviembre de 2021, PTRI fue notificado de la demanda promovida por Odebrecht, radicada en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con el número de expediente 314/2021-IV.

Se estipula que en la citada demanda Odebrecht reclamó el pago de mil ochocientos treinta y ocho millones, setecientos cincuenta y tres mil seiscientos siete pesos, lo que corresponde a estimaciones de trabajos realizados y no pagados, ajuste de costos, precios unitarios extraordinarios, gastos no recuperables, gastos financieros, daños y perjuicios; la nulidad del Acta Finiquito y la nulidad de la rescisión del contrato.

El 7 de julio de 2022, el juez dictó sentencia determinando que Odebrecht no incumplió el contrato, por tanto declaró la nulidad de la rescisión y del acta finiquito, y condenó a PTRI al pago de setenta y nueve millones, doscientos veinticuatro mil ciento noventa y ocho pesos.

Odebrecht promovió juicio de amparo directo con el objeto de reclamar una condena mayor; a su vez PTRI también promovió juicio de amparo directo.

Recién el pasado 21 de septiembre actual, el 13.° Tribunal Colegiado en Materia Civil resolvió los amparos promovidos determinando conceder el Amparo y Protección de la Justicia de la Unión a PTRI, y negando el amparo adhesivo promovido por Odebrecht y sobreseer el amparo directo también promovido por Odebrecht.


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