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Pemex pide a SCJN resolver licitud de pruebas contra Lozoya

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Petróleos Mexicanos (Pemex) pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definir de manera concreta si deben o no ser excluidas las pruebas clave que ofreció la Fiscalía General de la República (FGR) para acreditar los presuntos sobornos de Odebrecht a Emilio Lozoya Austin.

Se trata de la documentación bancaria que Brasil y Suiza entregaron a la FGR, información que ya fue declarada ilegal en dos instancias judiciales, porque no fue obtenida con la autorización de un juez en los respectivos países.

Vale recordar que en septiembre pasado, el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación admitió el amparo que presentó Pemex contra la resolución de otro tribunal de la misma instancia que había ordenado excluir dichas evidencias.

Sobre este tema, Lozoya Austin presentó una queja ante el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal con la finalidad de que se ordene el desechamiento de esa demanda interpuesta por la empresa productiva del Estado, entidad que tiene la calidad de ofendida en el Caso Odebrecht.

Ante esta situación, ahora es Pemex la que pidió a la Corte ejercer su facultad de atracción y resolver esta queja del exfuncionario, al estimar que se trata de un caso de relevancia jurídica.

“Se agrega la impresión de la referencia relativa a la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción en la que se advierte que el presidente de la Primera Sala de la SCJN, a efecto de estar en posibilidad de resolver lo conducente a la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción planteada”, se explica en un acuerdo publicado por el colegiado.

“Se ordena suspender la tramitación de este asunto hasta que el alto tribunal informe la resolución que recaiga a la solicitud de facultad de atracción”.

Hay que recordar que en la audiencia intermedia del Caso Odebrecht, celebrada el 10 de marzo de 2023, Gerardo Alarcón López, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, anuló la información financiera aportada por dos países a la investigación de la FGR.

La FGR impugnó y en septiembre el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación confirmó el fallo, una resolución que enseguida atacaron Pemex y la Unidad de Inteligencia Financiera, entidades que presentaron sus respectivos amparos.

Lozoya promovió sus quejas y consiguió que el Tercer Tribunal Colegiado desechara la demanda de la UIF, bajo el argumento que el amparo indirecto es improcedente contra de la exclusión de los medios de prueba en la etapa intermedia de un proceso penal acusatorio, ya que no es un acto de imposible reparación.

Lo que este tribunal no resolvió en la misma sesión fue la queja contra la admisión del amparo de Pemex.

Vale explicar que las pruebas anuladas son la información financiera de las empresas de Lozoya en Suiza y los comprobantes bancarios de las transferencias de las empresas off shore Innovation Research Engineering and Development Ltd, Latin America Asia Capital Holding y Zecapan, la primera de ellas empleada por Odebrecht para el pago de supuestos sobornos al
exfuncionario.

La Confederación Helvética remitió a México los informes el 20 de septiembre de 2018 y el Ministerio de Justicia de Brasil hizo lo propio el 18 de octubre de 2017, en respuesta a solicitudes de asistencia jurídica.

Sin estas pruebas, no puede acreditarse con toda certeza que Lozoya cobró “mordidas” de 7 millones 336 mil 351 dólares a Odebrecht, a cambio de contratos, como le acusan en este proceso por los delitos de asociación delictuosa, lavado y cohecho.

El juicio contra Lozoya por el Caso Odebrecht tampoco puede iniciar hasta que la Corte o el colegiado resuelvan si esta información será o no admitida. Este es el único procedimiento que hoy existe contra el exdirector de Pemex.


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