* A quién incurra en esta práctica se le sancionaría con la destitución e inhabilitación hasta por 20 años……
Por Martha Romero
La comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobaron tipificar el nepotismo como falta administrativa grave y señalaron que incurrirán en esta práctica las personas servidoras públicas que designen, nombren o intervengan para contrataciones, en el ente público en que ejercen funciones, a personas con las que tengan lazos de parentesco por consanguinidad, de afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato.
El diputado José Miguel Gutiérrez Morales, integrante de la bancada de Morena y proponente de la reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México, puntualizó que, para castigar esta práctica, los lazos de parentesco por consanguinidad serán hasta el cuarto grado y de afinidad hasta el segundo grado.
Señaló que se considera falta administrativa grave si la persona servidora pública se vale de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, para esas contrataciones como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios.
Gutiérrez Morales resaltó que en el servicio público debe prevalecer la congruencia de servir al pueblo para que el nepotismo no tenga cabida en la administración, tal como lo marca su propuesta que está alineada con las políticas públicas y los principios de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez.
El legislador Octavio Martínez Vargas, integrante de la bancada de Morena, indicó que inicialmente la iniciativa se había presentado como falta no grave, pero al final se modificó a falta grave y quienes incurran en esta conducta podrían alcanzar una inhabilitación superior a los 20 años en el quehacer público.
Criticó al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (TRIJAEM), integrado por 25 magistradas y magistrados que, con un presupuesto superior a 300 millones de pesos, hasta la fecha no ha sancionado a nadie por faltas graves desde las reformas de 2017.
También de morena, la legisladora Yesica Yanet Rojas Hernández enfatizó la importancia de empezar a ver a la administración pública como un medio para establecer políticas públicas y no para beneficiar a familiares.
Cabe señalar que, de acuerdo con Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, entre las sanciones que el TRIJAEM puede imponer a los servidores públicos que incurran en faltas graves están la suspensión del empleo, cargo o comisión sin goce de sueldo de 30 a 90 días naturales; la destitución; y la imposición de una sanción económica cuando la falta genere beneficios, hasta por el doble de lo obtenido.
Prevé la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas de uno a 10 años cuando la afectación no exceda de 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y de 10 a 20 años cuando exceda ese monto.
También podrá dictar medidas de no repetición para evitar futuras violaciones a derechos humanos y, en caso de daños a la Hacienda Pública estatal o municipal o al patrimonio de los entes públicos, determinará el pago de indemnización, obligando a reparar la totalidad de los daños, con responsabilidad solidaria para quienes hayan obtenido un beneficio indebido.


