Como parte de las innovaciones del Proceso Electoral para la Elección de Diputaciones y Ayuntamientos 2026-2027, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) implementará un Sistema Informático para el Registro de Candidaturas, que facilitará la presentación, revisión y seguimiento de las postulaciones a los diferentes cargos de elección popular.
Con este mecanismo, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes capturarán la información de las personas que deseen registrar, cargarán documentos, y enviarán sus solicitudes. Al finalizar este proceso, la plataforma generará los reportes que deberán acompañar la petición formal ante la Oficialía de Partes del IEEM.
Una de las principales novedades del nuevo sistema deriva de las modificaciones y adecuaciones realizadas al Reglamento para el Registro de Candidaturas a los Distintos Cargos de Elección Popular ante el IEEM, aprobadas mediante el Acuerdo IEEM/CG/41/2026. Entre estos cambios se encuentra la ampliación del plazo para el registro de candidaturas, que será de 30 días, en lugar de los 15 días establecidos anteriormente. Esto permitirá al IEEM contar con mayor tiempo para revisar la información, detectar posibles errores y, en su caso, requerir la documentación correspondiente.
Además, el sistema de registro permitirá al IEEM revisar que las candidaturas cumplan con las reglas establecidas en la ley, como la paridad de género, la alternancia, las acciones afirmativas, los criterios para la elección consecutiva.
El IEEM realizará distintas verificaciones, como la relativa a si las personas que se postulan aparecen en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y revisará la correspondencia con los bloques de competitividad que presenten los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes.
La plataforma también incorpora medidas para evitar que una misma persona aparezca registrada más de una vez para diferentes cargos por un mismo partido. En estos casos, la fuerza política deberá indicar dentro de las 48 horas posteriores a la notificación cuál de los registros debe mantenerse. Si no lo hace, permanecerá vigente el primer registro realizado.


